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decreto 2241 de 2005

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los principios consagrados en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y previa recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior

Article 1

º . Prorróguese la vigencia del Decreto 4432 del 31 de diciembre de 2004 por un término de seis (6) meses contados a partir del 4 de julio de 2005.

Article 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial .

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los principios consagrados en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y previa recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo