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decreto 1203 de 1951

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución- Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Article 1Desdé La Fecha Del Presente Decreto Y Durante Los Años De 1951 Y 1952, Quedan Suspendidos En Los Ferrocarriles Nacionales Los Anticipos De Cesantía Y Jubilación

° Desdé la fecha del presente Decreto y durante los años de 1951 y 1952, quedan suspendidos en los Ferrocarriles Nacionales los anticipos de cesantía y jubilación.

Article 2En Adelante, En Los Ferrocarriles-Nacionales No Se Harán Pagos De Jornales Y Salarios Que No Correspondan A Tiempo Efectivamente Trabajado Salvo Las Remuneraciones Previstas Por Las Leyes Para Casos De Enfermedad, Accidentes De Trabajo, Días Feriados Y Vacaciones

° En adelante, en los Ferrocarriles-Nacionales no se harán pagos de jornales y salarios que no Correspondan a tiempo efectivamente trabajado salvo las remuneraciones previstas por las leyes para casos de enfermedad, accidentes de trabajo, días feriados y vacaciones.

Article 3Quedan Suspendidas Todas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto

° Quedan suspendidas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.

Article 4El Presente Decreto Rige Desde La Fecha

° El presente Decreto rige desde la fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, Domingo Sarásty M. -El Ministró de Relaciones Exteriores, en Cargado del Ministerio de Guerra
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene, Alonso Carvajal Peralta -El-Ministro de Fomento
El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera -El Ministró de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas