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decreto 2473 de 1986

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en su carácter de suprema autoridad administrativa, y CONSIDERANDO: Que es necesario realizar una serie de programas para la investigación, estudio y preservación de los recursos naturales en las Islas del Tesoro del Archipiélago del Rosario, y de Malpelo

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Que es necesario realizar una serie de programas para la investigación, estudio y preservación de los recursos naturales en las Islas del Tesoro del Archipiélago del Rosario, y de Malpelo;

Que para tal fin debe establecerse una labor de coordinación entre los organismos y entidades estatales cuyas funciones guardan relación con los referidos programas;

Article 1º Para El Logro De Los Fines Previstos En Los Considerandos De Este Decreto, Asígnanse Las Siguientes Actividades A Los Organismos, Dependencias Y Entidades Que Se Mencionan A Continuación: 1º Al Ministerio De Defensa Nacional: A) A La Dirección General Marítima Y Portuaria: -Construcción De Un Muelle Para Embarcaciones Menores

º Para el logro de los fines previstos en los considerandos de este Decreto, asígnanse las siguientes actividades a los organismos, dependencias y entidades que se mencionan a continuación: 1º AL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

a)

A la Dirección General Marítima y Portuaria: -Construcción de un muelle para embarcaciones menores. -Señalización de la ruta de acceso al muelle. -Conservación y mantenimiento del faro.

b)

A la Armada Nacional: -Vigilancia y control de las islas. -Transporte de personal y material. -Conservación general de las islas. 2º AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE: -Conservación y mantenimiento de las instalaciones construidas en las islas. 3º AL INSTITUTO COLOMBIANO DE HIDROLOGIA, METEOROLOGIA Y ADECUACION DE TIERRAS-HIMAT-: -Conservación y mantenimiento de la estación de meteorología. 4º AL INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y DEL AMBIENTE-INDERENA-: -Prácticas en cultivos de cítricos, frutales y otros de pancoger. -Recuperación del manglar. -Erradicación de plagas (ratas, cucarachas, termitas). -Investigación general de flora y fauna. -Anidación de avifauna. -Recuperación y preservación de los pajarales.

Article 2º Para Cumplir Con Lo Previsto En El Artículo Anterior, Cada Uno De Los Organismos Señalados Destinará En Forma Permanente El Personal Y Las Partidas Presupuestales Necesarios

º Para cumplir con lo previsto en el artículo anterior, cada uno de los organismos señalados destinará en forma permanente el personal y las partidas presupuestales necesarios. El Secretario General de la Presidencia de la República coordinará las acciones descritas en el presente Decreto.

Article 3º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en su carácter de suprema autoridad administrativa, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro de Obras Públicas y Transporte
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República