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decreto 735 de 1921

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Trasladase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1921, Del Ministerio De Obras Públicas, Capítulo 70, Auxilios Y Gastos De Fomento Artículo 843, La Sume De Quince Mil Ochocientos Treinta Y Siete Pesos Noventa Y Tres Centavos ($ 15,837-93), A La Siguiente Imputación: Ministerio De Obras Públicas Capitulo 71 Gastos Varios

° Trasladase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Obras Públicas, capítulo 70, auxilios y gastos de fomento artículo 843, la sume de quince mil ochocientos treinta y siete pesos noventa y tres centavos ($ 15,837-93), a la siguiente imputación: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS CAPITULO 71 Gastos varios. Artículo 868 Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio $ 15,837.93 Total $ 15.837 93

Article 2La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De

° La Dirección general de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de. Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Obras Públicas y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar: el presente Decreto. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas, encargado del, Despacho del Tesoro