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decreto 373 de 1883

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 1,328 del Código Fiscal, y CONSIDERANDO: 1 ° Que es insuficiente la partida apropiada en el Presupuesto de Gastos para la Vigencia en curso, para atender a los de ornamentación de plaza, plazuelas y otros sitios de la capital de la República

Whereas · 3 recitals

Que es insuficiente la partida apropiada en el Presupuesto de Gastos para la Vigencia en curso, para atender a los de ornamentación de plaza, plazuelas y otros sitios de la capital de la República; 2.°;

Que hay urgente necesidad de atender a la composición de varias calles de la ciudad de Bogotá, residencia de los Altos Poderes federales; y 3.°;

Que la suspensión de las obras de ornato emprendidas en esta ciudad, traería por consecuencia la ruina de las mismas;

Article 1

Art. 1°. Ábrese al Presupuesto de Gastos el siguiente crédito suplemental: Departamento de Obras públicas. Servicio de 1882 a 1883. Capítulo 85. Edificios de la Nación. Art. 364 Para la ornamentación de plazas, plazuelas y otros sitios de la capital de la República, $ 60,000.

Article 2,334 Del Código Fiscal, Para Los Efectos Que El Mismo Indica

Art 2°. Dése cuenta al Congreso de este decreto, en cumplimiento del artículo 1,334 del Código Fiscal, para los efectos que el mismo indica.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Secretario de Fomento