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decreto 1204 de 1978

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Del Acuerdo Número 04 De 1977

Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 04 de mayo 3 de 1978, emanado del Consejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, 'CORELCA, y cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 04 DE 1978 (mayo 3) Mediante el cual se modifica el Acuerdo número :02 de 1978, que adicionó la Planta de Personal de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, determinada en el artículo 1° del Acuerdo número 04 de 1977. El Consejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, en uso de sus' atribuciones legales y estatutarias, y considerando: Que corresponde a CORELCA la operación y sostenimiento de la Central Eléctrica ele Termoballenas, situada en- el Corregimiento de El Pájaro (Departamento de -la Guajira), la cual tendrá una capacidad de 30 MW que están destinadas a atender la demanda de energía del área de la Guajira y de la Costa Atlántica a través del Sistema Interconectado de CORELCA; Que es necesario adicionar a la Planta de Personal de la Corporación las dependencias y los-cargos responsables por la operación y mantenimiento de la central anterior; acuerda:

Article 1Adiciónanse Las Siguientes Dependencias Y Cargos En La Planta De Personal De La Corporación Determinada En El Acuerdo Número 04 De 1977; N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado 11

Articulo 1° Adiciónanse las siguientes dependencias y cargos en la Planta de Personal de la Corporación determinada en el Acuerdo número 04 de 1977; N° de cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado 11.4 División de Turbinas a Gas (Termoballenas) 1 Jefe- de División 2040 14 1 Coordinador 5005 19 1 Almacenista 5080 11 1 Secretario 5140 8 3 Chóferes Mecánicos 6010 5 4 Auxiliares de Servicios Generales 6035 4 1 Auxiliar de Servicios Generales- 6035 2 N° de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado 11.4.1 Sección de Operación (Termoballenas) 1 Jefe de Sección 2075 8 1 Profesional Universitario 3020 6 8 Operarios Calificados (Electricistas) 6000 8 11.4.2 Sesión de Mantenimiento (Termoballenas) 1 Jefe de Sección 2075 8 2 Coordinadores 5005 19 2 Técnicos Operativos (Mecánicos) 080 7 1 Operario Calificado (Electrónico) 6000 8 4 Operarios Calificados (Mecánicos) 6000 7 3 Operarios Calificados (Electricistas) 6000 7

Article 2El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Para Su Validez Requiere La Aprobación Mediante Decreto Del Gobierno Nacional, Que Llevará Las: Firmas Del Ministro De Minas Y Energía, La Del Jefe Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil Y La Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Como Certificación De Que Existe Disponibilidad Presupuestal Suficiente Para Cubrir Su Costo

° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere la aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional, que llevará las: firmas del Ministro de Minas y Energía, la del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil y la del Ministro de Hacienda y Crédito Público, como certificación de que existe disponibilidad presupuestal suficiente para cubrir su costo.

Article 3El Presente Acuerdo Modifica Los Acuerdos Números 04 De 1977 Y 02 De 1978 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

Articulo 3° El presente Acuerdo modifica los Acuerdos números 04 de 1977 y 02 de 1978 y demás disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. (Fdo.), Tomas Held Koch , Viceministro de Minas y Energía, Presidente. (Fdo.), Arnaldo Mendoza Torres , Secretario. Dado en Barranquilla, a los 3 días del mes de mayo de 1978.

Article 5

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Energía
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado