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decreto 2054 de 1983

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y en especial de las que le otorga el numeral 3o del artículo 120 de la Constitución Política

Article 1° Para Los Efectos De Los Artículos 73 Y 74 Del Decreto Extraordinario 2016 De 1968, No Se Entenderá Que El Respectivo Funcionario Se Retira Del Cargo O Renuncia A Él Cuando, No Obstante Producirse Un Acto Formal O Material Que Así Lo Indique, Su Desvinculación Del Respectivo Cargo Se Produce Para Aceptar Y Posesionarse Efectivamente En Otro Cargo Para El Cual Haya Sido Nombrado Y Corresponda A La Rama Ejecutiva Del Poder Público, En Lo Nacional, Siempre Que No Haya Solución De Continuidad En El Ejercicio Del Anterior Y El Nuevo Cargo

° Para los efectos de los artículos 73 y 74 del Decreto Extraordinario 2016 de 1968, no se entenderá que el respectivo funcionario se retira del cargo o renuncia a él cuando, no obstante producirse un acto formal o material que así lo indique, su desvinculación del respectivo cargo se produce para aceptar y posesionarse efectivamente en otro cargo para el cual haya sido nombrado y corresponda a la Rama Ejecutiva del Poder Público, en lo nacional, siempre que no haya solución de continuidad en el ejercicio del anterior y el nuevo cargo.

Article 2Se Entiende Por Rama Ejecutiva Del Poder Público En Lo Nacional, La Definida Como Tal En El Artículo L 0 Del Decreto Extraordinario 1050 De 1968

° Se entiende por Rama Ejecutiva del Poder Público en lo nacional, la definida como tal en el artículo l 0 del Decreto Extraordinario 1050 de 1968.

Article 3° Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Comuniquese Y Cúmplase

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, Comuniquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, (E)