Article 1La Conducción De Los Correos Entre Cartagena Y El Archipiélago De San Andrés Y Providencia Se Hará En Adelante Por Un Mensajero Especial Que Saldrá De Cartagena Y De San Andrés En La Primera Embarcación Que Zarpe, Después De Que Haya Recibido Las Valijas Respectivas
º La conducción de los correos entre Cartagena y el Archipiélago de San Andrés y Providencia se hará en adelante por un Mensajero especial que saldrá de Cartagena y de San Andrés en la primera embarcación que zarpe, después de que haya recibido las valijas respectivas.
Article 2El Mensajero De Que Se Trata Tendrá La Asignación Mensual De Ciento Cincuenta Pesos ($ 150), Y El Individuo Designado Prestará Una Fianza Personal Por La Suma De Doscientos Pesos ($ 200), Para Asegurar Su Manejo
º El Mensajero de que se trata tendrá la asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150), y el individuo designado prestará una fianza personal por la suma de doscientos pesos ($ 200), para asegurar su manejo.
El transporte de las valijas es de cargo del Mensajero.
Article 3Nómbrase Al Señor Raimundo Ayure, Mensajero De Correos Entre Cartagena Y San Andrés
º Nómbrase al señor Raimundo Ayure, Mensajero de Correos entre Cartagena y San Andrés.
Article 4
Comuníquese y publíquese.