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decreto 293 de 1910

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

En ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Consejo de Ministros, á solicitud del Ministerio de Obras Públicas, en sesión del día 1. ° del presente mes, emitió concepto favorable á la apertura de un crédito suplemental al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica, y en vista del expediente que para tal objeto se formó

Whereas · 1 recital

Que el Consejo de Ministros, á solicitud del Ministerio de Obras Públicas, en sesión del día 1. ° del presente mes, emitió concepto favorable á la apertura de un crédito suplemental al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica, y en vista del expediente que para tal objeto se formó;

Article 1° Abrese Al Presupuesto De Gastos Del Año Económico De 1910 Un Crédito Suplemental Por La Berna De Ocho Mil Pesos ($ 8,000), Con La Siguiente Imputación: Ministerio De Obras Publicas Departamento De Fomento Capítulo 103

° Abrese al Presupuesto de Gastos del año económico de 1910 un crédito suplemental por la Berna de ocho mil pesos ($ 8,000), con la siguiente imputación: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DEPARTAMENTO DE FOMENTO Capítulo 103. Ferrocarriles. Artículo 541. Para pagar los gastos á cargo del Gobierno en los ferrocarriles correspondientes al Ministerio de obras Públicas, $ 8,000 $ 8,000 Total $ 8,000

Article 2° Por El Ministerio De Obras Públicas Se Dará Oportuno Cumplimiento Á Lo Dispuesto En El Artículo 6

° Por el Ministerio de Obras Públicas se dará oportuno cumplimiento á lo dispuesto en el artículo 6. ° de la Ley 19 ,de 1894.

Parágrafo

Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro del Tesoro