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decreto 585 de 1930

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

En uso de las facultades especiales que le confieren las Leyes 115 de 1928 y 15 de J929, y oído el concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Guerra

Article 1El Teniente Coronel Y El Mayor Profesor Asignados A La Escuela Superior De Guerra En El Inciso A), Capítulo B, Institutos De Cultura Militar, Del Artículo 5 Del Decreto 1901 De 1929, Deben Considerarse Como Oficiales De Planta De Dicho Instituto, Con Las Obligaciones Reglamentarias Que Les Son Propias Como Oficiales De Guerra Y Las Especiales Que Les Señale La Respectiva Dirección

El Teniente Coronel y el Mayor Profesor asignados a la Escuela Superior de Guerra en el inciso a), capítulo B, Institutos de Cultura Militar, del artículo 5 del Decreto 1901 de 1929, deben considerarse como Oficiales de planta de dicho instituto, con las obligaciones reglamentarias que les son propias como Oficiales de Guerra y las especiales que les señale la respectiva Dirección.

Article 2Desde La Fecha Queda Suprimido El Puesto De Técnico Jefe De La Fábrica De Municiones Y Maestranza De Que Trata El Articulo 15 Del Decreto Número 1901 De 1929, Y Para Sustituir Este Empleo Créase Desde Tal Fecha El Puesto De Director De Trabajos De

desde la fecha queda suprimido el puesto de Técnico Jefe de la Fábrica de Municiones y Maestranza de que trata el articulo 15 del Decreto número 1901 de 1929, y para sustituir este empleo créase desde tal fecha el puesto de Director de trabajos de .la mencionada Fábrica y Maestranza con la asignación mensual de $ 250

Article 3Suprímese El Puesto De Ingeniero Arquitecto Jefe De Sección De Que Tratan Los Artículos 5 Del Decreto 1901 De 1929 Y Único Del Decreto 334 Del Corriente Año, Y Para Sustituirlo Créase El Puesto De Ingeniero Auxiliar Del Departamento Número 4 Del Ministerio De Guerra, Encargado De La Sección De Alojamiento Del Mismo, Con La Asignación Mensual De $ 200

Suprímese el puesto de Ingeniero Arquitecto Jefe de Sección de que tratan los artículos 5 del Decreto 1901 de 1929 y único del Decreto 334 del corriente año, y para sustituirlo créase el puesto de Ingeniero Auxiliar del Departamento número 4 del Ministerio de Guerra, encargado de la Sección de Alojamiento del mismo, con la asignación mensual de $ 200.

Article 4Peróganse Los Artículos 7 A 13 Inclusive, Del Decreto Número 1765 De 1926

Peróganse los artículos 7 a 13 inclusive, del Decreto número 1765 de 1926. En consecuencia los ascensos de Subteniente a General de División se conferirán con sujeción a las disposiciones contenidas en los artículos 5 y 6 de la Ley 23 de 1916, sobre nombramientos y ascensos militares.

Article 5Puedan Modificados En Los Términos Anteriores Los Decretos Números 1901 De 1329 Y 1765 De 1923

puedan modificados en los términos anteriores los Decretos números 1901 de 1329 y 1765 de 1923.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Guerra