JurídicoESEN

decreto 4663 de 2006

3 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades pueden crear en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio

Whereas · 4 recitals

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades pueden crear en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio;

Que el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 y 97 del Decreto 1227 de 2005, el cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo;

Que para los fines de este decreto la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal;

Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, en sesión del 24 de agosto de 2006, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la adición de la planta de personal, como consta en el Acta número 04 de 2006;

Article 1Créanse En La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Instituto Nacional De Vigilancia De Medicamentos Y Alimentos, Invima, Los Siguientes Cargos Temporales Por El Término De Doce (12) Meses: N° De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado Planta Global 8 (Ocho) Profesional Especializado 2028 15 251 (Doscientos Cincuenta Y Uno) Profesional Universitario 2044 11 19 (Diecinueve) Técnico Administrativo 3124 14 8 (Ocho) Secretario 4178 14

°. Créanse en la planta de personal de empleados públicos del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, los siguientes cargos temporales por el término de doce (12) meses: N° de cargos Denominación del empleo Código Grado PLANTA GLOBAL 8 (Ocho) Profesional Especializado 2028 15 251 (Doscientos cincuenta y uno) Profesional Universitario 2044 11 19 (Diecinueve) Técnico Administrativo 3124 14 8 (Ocho) Secretario 4178 14

Article 2º

º . El Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, distribuirá los cargos de la planta global a que hace referencia el artículo 1 º del presente decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

Article 3º

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 212 de 2004.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de la Protección Social
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública