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decreto 1036 de 1922

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Asígnase A Los Señores Fiscal Del Tribunal Del Distrito Judicial De Santa Marta Y Comisionado Del Gobierno Para La Reivindicación De Los Terrenos Baldíos En El Departamento Del Magdalena, La Suma De Quince Pesos ($ 15) Mensuales A Cada Uno, Para Los Gastos De Viaje Y Demás Diligencias Que Tengan Que Practicar En El Ejercicio De Sus Funciones

Articulo 1° Asígnase a los señores Fiscal del Tribunal del Distrito Judicial de Santa Marta y comisionado del Gobierno para la reivindicación de los terrenos baldíos en el Departamento del Magdalena, la suma de quince pesos ($ 15) mensuales a cada uno, para los gastos de viaje y demás diligencias que tengan que practicar en el ejercicio de sus funciones.

Article 2Estos Gastos Serán Pagados Por La Administración De Hacienda Nacional Del Magdalena, Una Vez Que Dichos Señores Presenten Las Cuentas De Cobro Debidamente Arregladas, Con El Páguese De La Gobernación, El Que Les Será Puesto Tan Pronto Como Hayan Comprobado Que Han Tenido Necesidad De Hacer Gastos Para El Desempeño De La Comisión Que Se Les Ha Confiado

° Estos gastos serán pagados por la Administración de Hacienda Nacional del Magdalena, una vez que dichos señores presenten las cuentas de cobro debidamente arregladas, con el páguese de la Gobernación, el que les será puesto tan pronto como hayan comprobado que han tenido necesidad de hacer gastos para el desempeño de la comisión que se les ha confiado.

Article 3La Suma Destinada Para Este Servicio Se Imputará Al Capítulo 63, Artículo 622, Del Presupuesto Vigente

° La suma destinada para este servicio se imputará al capítulo 63, artículo 622, del presupuesto vigente. Comuníquese y publiques.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Comercio