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decreto 1193 de 1914

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Trasládanse En El Presupuesto Nacional De Gastos Del Año Económico De 1914 Las Siguientes Partidas Tomadas De Las Imputaciones Que A Continuación Se Indican: Ministerio De Hacienda Capítulo 31

° Trasládanse en el Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1914 las siguientes partidas tomadas de las imputaciones que a continuación se indican: ministerio de hacienda Capítulo 31. Salinas-Material. Artículo 244. Para gastos de elaboración, explotación y otros, en las siguientes Salinas, así : Chámeza y Recetor.

Parágrafo 4

° Para gastos de explotación y otros $ 300 Nemocón.

Parágrafo 8

° Para gastos de explotación de la carbonera 1,000 1,300 Sesquilé. Artículo 245. Para gastos de explotación y re- Pasan $ 1,300 Vienen $ 1,300 formas de esta Salina $ 1,000 Artículo 249. Para los gastos que se ocasionen en el sostenimiento de las Aduanillas de Quetame y Medina, así :

Parágrafo 5

° Para Material 942 1,924 ministerio de obras publicas Capítulo 87 Gastos varios. Artículo 742 . Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio $ 1,500 1,500 Suman las deducciones. $ 4,724

Article 2Las Partidas Que Se Trasladan Tendrán Las Siguientes Imputaciones: Ministerio De Hacienda Capítulo 35 Gastos Varios

° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones: ministerio de hacienda Capítulo 35 Gastos varios. Artículo 288. Para pagar al Municipio de Zipaquirá la participación del dos y medio por ciento en el producto líquido de las Salinas de ese lugar $ 3,224 3,224 ministerio de agricultura y comercio Capítulo 91. Gastos varios. Artículo 764. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio $ 1,500 1,500 Total $ 4,724

Parágrafo

Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro del Tesoro