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decreto 426 de 1995

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el Decreto-ley 10 de 1992, en desarrollo del artículo 114 del Decreto 1950 de 1973 y del Decreto 2505 de 1991

Article 1

º . Acláranse los artículos 1º y 3º del Decreto 217 del 31 de enero de 1995, en el sentido de que el cargo es de Consejero Comercial y no como aparece en la citada disposición.

Article 2

º . Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 7 de marzo de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo García-Peña. El Ministro de Comercio Exterior, Daniel Mazuera Gómez.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el Decreto-ley 10 de 1992, en desarrollo del artículo 114 del Decreto 1950 de 1973 y del Decreto 2505 de 1991
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Comercio Exterior