JurídicoESEN

decreto 25 de 1934

1 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y de las que le confiere al artículo 11 de la Ley 114 de 1922

Article 1

Artículo único. Durante el año de 1934 se permitirá la entrada a Colombia a: 5 armenios; 5 búlgaros; 5 chinos; 5 estones; 5 griegos; 5 hindúes; 5 letones; 10 libaneses; 5 lituanos; 10 palestinos; 10 polacos; 5 persas; 10 sirios; 10 rumanos; 5 rusos; 5 turcos; y 5 yugoeslavos.

Parágrafo

Quedan en vigor las disposiciones generales del Decreto 2232 de 1931.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores