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decreto 425 de 1996

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992

Article 1º

º. Trasládase la sede del cargo de auxiliar administrativo, grado ocupacional 3 PA, de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Alemania, al Consulado General de Colombia en Munich, Alemania, con una asignación básica mensual de mil ochocientos ochenta marcos alemanes con 00/100 (1.880.00), actualmente ocupado por Angela Patricia Holguín Rico, a quien le fue aceptada la renuncia.

Article 2º

º . Trasládase la sede del cargo de auxiliar administrativo, grado ocupacional 6 PA, de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Francia, a la Misión Permanente de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, con sede en París, Francia, con una asignación básica mensual de tres mil doscientos treinta marcos alemanes con 00/100 (3.230.00), actualmente ocupado por Gabriel Acevedo Angulo. Gabriel Acevedo Angulo, continuará desempeñando el cargo de auxiliar administrativo, grado ocupacional 6 PA, en la Misión Permanente de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, con sede en París, Francia.

Article 3º

º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Article 4º

º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 5 de marzo de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo García-Peña . El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público