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decreto 1191 de 1963

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Del saldo de la partida global apropiada en el Capítulo 0917 - Financiamiento a cargo del Ministerio Programa VI - Sostenimiento de Hospitales artículo 9415 "Para sostenimiento de hospitales, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en el año", hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 0917

Artículo 9415.

Ordinal 4. Cúcuta (Norte de Santander):

Article 9415"para Sostenimiento De Hospitales, Según Distribución Que Se Hará De Acuerdo Con Las Necesidades, En El Año", Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 0917 Artículo 9415

Artículo primero. Del saldo de la partida global apropiada en el Capítulo 0917 - Financiamiento a cargo del Ministerio Programa VI - Sostenimiento de Hospitales artículo 9415 "Para sostenimiento de hospitales, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en el año", hácese la siguiente distribución: CAPITULO 0917 Artículo 9415. Económica 203 Claves: Funcional 352 Ordinal 4. Cúcuta (Norte de Santander): San Juan de Dios $ 133.500

Article 2

Artículo segundo. El presente Hospital Decreto regirá a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud Pública