El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Article 1º Derogase En Todas Sus Partes El Contenido Del Decreto Número 689 De Fecha 29 De Marzo De 1994, Mediante El Cual Se Suprimen Y Se Asignan Unas Funciones Consulares
º Derogase en todas sus partes el contenido del Decreto número 689 de fecha 29 de marzo de 1994, mediante el cual se suprimen y se asignan unas funciones consulares.
Article 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 20 de mayo de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio.
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
La Ministra de Relaciones Exteriores