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decreto 424 de 1949

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que la División de Ganadería cuenta con valiosos trabajos técnicos originales e informaciones sobre las labores desarrollas por dicha entidad, y que es necesario divulgar dichos estudios e informaciones y hacer conocer de todos los ganaderos del país los métodos más eficaces y modernos de prevención y lucha contra las distintas enfermedades

Article 1

Artículo primero: Autorízase a la División Nacional de Ganadería para publicar folletos sobre los siguientes motivos

a)

Algunas construcciones para fincas ganaderas;

b)

Economía pecuaria y estadísticas ganaderas;

c)

Campaña contra garrapata;

d)

Vaginitis granulosa y anemia infecciosa, y

e)

Informe de labores del año de 1948.

Article 2

Artículo segundo. Igualmente, se autoriza a la División de Ganadería para la publicación de pequeñas hojas sueltas sobre profilaxis y tratamiento de las siguientes enfermedades: aborto epizoótico, peste porcina, encefalitis equina, rabia paresiante, mastitis, tuberculosis y tripanosomiasis.

Article 3

Artículo tercero. Los gastos que demanden las publicaciones de que trata el presente Decreto se imputarán al Capitulo y artículos correspondientes del presupuesto vigente de la División de Ganadería. Comuníquese,

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería