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decreto 2046 de 1929

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades, legales

Article 1Trasládase En El Presupuesto De La Comisaría De La Vigencia En Curso, Del Capítulo 1°, Artículo 3°, Numeral 13, "para La Escuela De Varones Que Se Construye En Sucre, En El Año, $ 500," La Suma De $ 333-36

° Trasládase en el presupuesto de la Comisaría de la vigencia en curso, del capítulo 1°, artículo 3°, numeral 13, "para la escuela de varones que se construye en Sucre, en el año, $ 500," la suma de $ 333-36.

Article 2La Suma Expresada Se Imputará E Invertirá Así: Para Las Escuelas De Niños Que Se Construyen En San Francisco, Y Por Partes Iguales, La Suma De Trescientos, Treinta Y Tres Pesos Con Treinta Y Seis Centavos ($ 333-36)

° La suma expresada se imputará e invertirá así: Para las escuelas de niños que se construyen en San Francisco, y por partes iguales, la suma de trescientos, treinta y tres pesos con treinta y seis centavos ($ 333-36). Sométase el presente Decreto a la aprobación del Gobierno, y si fuere aprobado, ejecútese. Dado en Mocoa a 22 de noviembre de 1929. El Comisario Especial, Ricardo Cadavid El Secretario, César Guerrero B. Comuníquese y publíquese.

Signatories

El Secretario, César Guerrero B
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Gobierno