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decreto 3148 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Article 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

Article 1194Para Sueldos Y Sostenimiento En General De La Escuela Vocacional Agrícola De Palermo, En El Año $ 25

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 94 Educación Campesina. Huila. Del artículo 1194. Para sueldos y sostenimiento en general de la Escuela Vocacional Agrícola de Palermo, en el año $ 25.918.19 Norte de Santander. Del artículo 1203-A. Para sueldos y sostenimiento en general de la Escuela Hogar para Campesinas, de Pamplonita, en el año 36.000.00 Suman los contracréditos $ 61.918.19 CAPITULO 94 Educación Campesina. Cundinamarca. Al artículo 1190-A. Para, sueldos y sostenimiento en general de la Escuela Hogar para Campesinas, de Villeta, en el año $ 14.918.19 Huila. Al artículo 1194-A. Para sueldos y sostenimiento en general de la Escuela Hogar para Campesinas, de Palermo, en el año 18.000.00 Norte de Santander. Al artículo 1204-A. Para sueldos y sostenimiento en general de la Escuela Vocacional Agricola de Gramalote, en el año 15.000.00 Santander. Al artículo 1206-A. Para sueldos y sostenimiento en general de la Escuela Hogar para Campesinas, de Molagavita, en el año 14.000.00 Suman los créditos $ 61.918.19

Article 2

Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones, encargado del Ministerio de Agricultura
El Ministro de Obras Públicas