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decreto 726 de 1938

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y en desarrollo del artículo 6° de la Ley 13 de 1937

Article 1La Direccióp General De Minas Del Ministerio De Industrias Y Trabajo Tendrá Una Revista Que Se Llamará Revista Minera De Colombia, Que Será Órgano De Publicidad De Todos Los Actos Oficiales De Dicha Dependencia, De Difusión Técnica Y Cultural Y De Información En General Sobre Todas Las Cuestiones Relacionadas, Con La Industria Minera Tanto En El País Como En El Exterior Y De Propaganda De La Riqueza Minera Y De La Capacidad Y Desarrollo De La Industria En El País

° La Direccióp General de Minas del Ministerio de Industrias y Trabajo tendrá una revista que se llamará Revista Minera de Colombia, que será órgano de publicidad de todos los actos oficiales de dicha dependencia, de difusión técnica y cultural y de información en general sobre todas las cuestiones relacionadas, con la industria minera tanto en el país como en el Exterior y de propaganda de la riqueza minera y de la capacidad y desarrollo de la industria en el país. Será Director de la Revista, el Director General de Minas del Ministerio de Industrias y Trabajo.

Article 2La Revista Se Repartirá Gratuitamente A Los Órganos Y Entidades Oficiales Atenderá Suscripciones Particulares Y Avisos Cuyo Precio Será Fijado Por Medio De Una Resolución Del Ministerio De Industrias Y Trabajo Y Se Canjeará Con Las Publicaciones Similares Nacionales Y Extranjeras

° La Revista se repartirá gratuitamente a los órganos y entidades oficiales atenderá suscripciones particulares y avisos cuyo precio será fijado por medio de una Resolución del Ministerio de Industrias y Trabajo y se canjeará con las publicaciones similares nacionales y extranjeras.

Article 3La Revista Se Publicará Mensualmente Y En Ella Colaborarán Las Dependencias Y Empleados De La Dirección General De Minas, Previa Revisión De Todos Los

° La Revista se publicará mensualmente y en ella colaborarán las dependencias y empleados de la Dirección General de Minas, previa revisión de todos los. trabajos por el Director. Se admitirá, también, colaboración nacional o extranjera sobre todas las cuestiones relacionadas con la industria.

Article 4El Ministerio De Industrias Y Trabajo, Por Medio De Resoluciones, Reglamentará En Todos Sus Detalles Todo Lo Relacionado Con La Revista De Que Trata Este Decreto

° El Ministerio de Industrias y Trabajo, por medio de Resoluciones, reglamentará en todos sus detalles todo lo relacionado con la Revista de que trata este Decreto.

Article 5Este Decreto Regirá

° Este Decreto regirá. desde su fecha.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Industrias y Trabajo