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decreto 286 de 1909

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

en uso de sus facultades constitucionales

Article 1

Declárase en estado de sitio la ciudad de Bogotá. En tal virtud el Encargado del Poder Ejecutivo asume las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución.

Article 121De La Constitución

Artículo único. Declárase en estado de sitio la ciudad de Bogotá. En tal virtud el Encargado del Poder Ejecutivo asume las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores encargado del Ministerio de Institución Pública
El Subsecretario de Hacienda encargado de los Despachos de Hacienda y tesoro y de Obras Públicas
El Ministro de Guerra