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decreto 578 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales, y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 181 y 183 del Decreto-ley 960 de 1970, 66 y 74 del Decreto reglamentario 2143 de 1883 y 1° del Decreto 3047 de 1989, y CONSIDERANDO: Que el doctor Horacio Jaramillo Velásquez. Notario Diecinueve del Círculo de Medellín. Antioquia, se encuentra en situación de retiro forzoso, en razón a la edad

Whereas · 5 recitals

Que el doctor Horacio Jaramillo Velásquez. Notario Diecinueve del Círculo de Medellín. Antioquia, se encuentra en situación de retiro forzoso, en razón a la edad;

Que el Decreto 3047 de 1989, establece como edad de retiro forzoso para los Notarios, la de sesenta y cinco (65) años;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181 del Decreto-ley 960 de 1970, los Notarios deberán retirarse del servicio cuando se encuentren en situación, de retiro forzoso;

Que en virtud de lo establecido en el artículo 182 del Decreto-ley 960 de 1970, el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, o de la Vigilancia Notarial, o de oficio;

Que por los motivos antedichos se hace necesario retirar del servicio al doctor Horacio Jaramillo Velásquez y proveer el cargo de Notario Diecinueve del Círculo de Medellín. Antioquia;

Article 1Retírase Del Servicio Al Doctor Horacio Jaramillo Velásquez Notario Diecinueve Del Círculo De Medellín, Por Las Razones Expuestas En La Parte Motiva Del Presente Decreto

° Retírase del servicio al doctor Horacio Jaramillo Velásquez Notario Diecinueve del Círculo de Medellín, por las razones expuestas en la parte motiva del presente Decreto.

Article 2Desígnase En Interinidad A La Doctora Beatriz Elena Londoño De Botero, Identificada Con La Cédula De Ciudadanía Número 44968202 De Medellín, Para Desempeñar El Cargo De Notario Diecinueve Del Circuito De Medellín, Antioquia, Mientras Se Provee El Cargo En Propiedad Mediante Concurso

° Desígnase en interinidad a la doctora Beatriz Elena Londoño de Botero, identificada con la cédula de ciudadanía número 44968202 de Medellín, para desempeñar el cargo de Notario Diecinueve del Circuito de Medellín, Antioquia, mientras se provee el cargo en propiedad mediante concurso.

Article 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 3 de abril de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Justicia. Fernando Carrillo Flórez.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 181 y 183 del Decreto-ley 960 de 1970, 66 y 74 del Decreto reglamentario 2143 de 1883 y 1° del Decreto 3047 de 1989, y
El Ministro de Justicia