JurídicoESEN

decreto 298 de 1877

8 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1El Ejército Del Centro, Mandado Crear Por El Decreto Número 189 De Este Año, Constará De Cinco Divisiones, Denominadas 1,ª 2,ª 3,ª 4

° El Ejército del Centro, mandado crear por el decreto número 189 de este año, constará de cinco Divisiones, denominadas 1,ª 2,ª 3,ª 4.ª i 5.ª

Article 2La 1

° La 1.ª Division se compondrá de los batallones Calivío, Cazadores de la Guardia, Sucre, Socorro i Artillería, i de un Rejimento llamado 1.° de la Guardia , constante de los escuadrones Libres de Subachoque, Neira i Plata.

Article 3La 2

° La 2.ª Division se compondrá de los batallones Guerrero, Trujillo i Corozal, i de un Rejimento nombrado 2.° de la Guardia, constante de los escuadrones Forero, Tovar, Obando i Mosquera.

Article 4La 3

° La 3.ª Division se compondrá de los batallones 3.° de Cundinamarca, 3.° Cipaquirá i Miranda, i de un Rejimiento llamado 3.° de la Guardia, constante de los escuadrones Sesquilé, Colombia, Trujillo i Junin,

Article 5La 4

° La 4.ª Division se compondrá de los cuerpos Guardia colombiana que se encuentran actualmente i organicen en lo sucesivo en el Estado de Boyacá, de las Milicias del mismo que se hallen al servicio inmediato del Gobierno nacional, i de los Escuadrones Camargo i Jirardot, que constituirán un Rejimiento llamado 4.° de la Guardia. Esta Division se organizará por decreto especial.

Article 6La 5

° La 5.ª Division se compondrá de los cuerpos de milicias del Estado de Santander, llamados al servicio nacional, i que deben prestar éste fuera del territorio de aquel Estado.

Article 7Las Planas Mayores, Así De Las Divisiones Como De Los Batallones I Rejimientos, Tendrán El Personal Que Les Da El Título 8,° Tratado 4

° Las Planas mayores, así de las Divisiones como de los batallones i Rejimientos, tendrán el personal que les da el Título 8,° Tratado 4.° de las Ordenanzas militares.

Article 8El Ejército Del Centro Será Considerado Como Reserva De Las Fuerzas Nacionales

° El Ejército del Centro será considerado como reserva de las fuerzas nacionales.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Secretario de Guerra i Marina