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decreto 1856 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo Í89 de la Constitución Política dé Colombia, como Suprema Autoridad Administrativa, en armonía con lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto 1666 de 1991

Article 1Aclárase El Artículo 1° Del Decreto Número 1829 Del 22 De Julio De 19891, En El Sentido De Que La Comisión Del Doctor Rudolf Hommes, Ministro De Hacienda Y Crédito Público, A La Ciudad De Washington, D

° Aclárase el artículo 1° del Decreto número 1829 del 22 de julio de 19891, en el sentido de que la comisión del doctor Rudolf Hommes, Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la ciudad de Washington, D. C., con el fin de asistir a las reuniones con el Pondo Monetario Internacional, Departamento del Tesoro, Eximabank. Banco Mundial y Banco Interamericano de Desarrollo, será del 25 al 29 de julio de 1331.

Article 2En Todo Lo Demás Continúa Vigente El Decreto 1829 Del 22 De Julio De 1

° En todo lo demás continúa vigente el Decreto 1829 del 22 de julio de 1.991.

Article 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo Í89 de la Constitución Política dé Colombia, como Suprema Autoridad Administrativa, en armonía con lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto 1666 de 1991
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República