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decreto 3138 de 1955

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales

Article 1

Para desempeñar el cargo de Ingeniero Interventor de la interventoría de las obras contratadas con el Departamento de Caldas, para la reconstrucción y construcción del sector Pueblo Rico-Tadó, de la carretera Pueblo Rico-Tadó-Las Animas, creado por el artículo anterior, nómbrase al señor Pascual López López.

Article 2819Del Presupuesto De Gastos Vigente

Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, créase el cargo de Ingeniero Interventor de la interventoría de las obras contratadas con el Departamento de Caldas, para la reconstrucción y construcción del sector Pueblo Rico-Tadó, de la carretera Pueblo Rico-Tadó-Las Animas, con una asignación mensual de mil trescientos pesos moneda corrriente ($ 1.300.00) , suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 134, artículo 2819 del Presupuesto de Gastos vigente.

Article 2

Artículo segundo. Para desempeñar el cargo de Ingeniero Interventor de la interventoría de las obras contratadas con el Departamento de Caldas, para la reconstrucción y construcción del sector Pueblo Rico-Tadó, de la carretera Pueblo Rico-Tadó-Las Animas, creado por el artículo anterior, nómbrase al señor Pascual López López.

Parágrafo

El doctor López López, antes de posesionarse, deberá constituír a favor de la Nación, la fianza que le señale la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas