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decreto 418 de 1992

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Maestro Alejandro Obregón, representa los más altos valoras de la plástica colombiana, expresada en una amplia producción artística reconocida nacional e internacionalmente

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Que el Maestro Alejandro Obregón, representa los más altos valoras de la plástica colombiana, expresada en una amplia producción artística reconocida nacional e internacionalmente;

Que su obra transmite la fuerza y dinámica de un espacio atemporal, ligado indiscutiblemente a los más genuinos símbolos de la nacionalidad;

Que durante su larga e intensa trayectoria se ha caracterizado por su aporte definitivo y concluyente al desarrollo del arte colombiano y a la consolidación de una legítima orientación en la contemporánea cultura latinoamericana;

Que es deseo del Gobierno Nacional reconocer y exaltar las altas calidades personales y profesionales del Maestro Alejandro Obregón;

Article 1Confiérese La Orden De Boyacá En El Grado De Gran Cruz Al Maestro Alejandro Obregón

° Confiérese la Orden de Boyacá en el Grado de Gran Cruz al Maestro Alejandro Obregón.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese y publíquese. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
La Ministra de Relaciones Exteriores