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decreto 281 de 1923

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Desde El 1° De Marzo Del Presente Año Quedará, Separada De La Facultad De Medicina: La De Ciencias

° Desde el 1° de marzo del presente año quedará, separada de la Facultad de Medicina: la de Ciencias .Naturales, la cual funcionará con el siguiente, personal; un Rector, un Secretario, un Portero y los Profesares que se designen en decreto especial, de acuerdo, con el pensum respectivo que se señale para la nueva Facultad.

Article 2Mientras

° Mientras . se organiza separadamente la Facultad de Ciencias Naturales, el Consejo Directivo de la Facultad, de Medicina presentara, al Ministerio de Instrucción Pública un proyecto de pensum para aquella. Facultad, proyecto que entrará en vigencia tan pronto como sea aprobado por el Gobierno.

Article 3El Ministerio De Instrucción Pública Señalará El Local En Donde Deba Instalarse La Facultad De Ciencias Naturales Y, Dispondrá Que Se Retiren De Las Facultades De Agronomía, Medicina E Ingeniería, Los,

° El Ministerio de Instrucción Pública señalará el local en donde deba instalarse la Facultad de Ciencias Naturales y, dispondrá que se retiren de las Facultades de Agronomía, Medicina e Ingeniería, los, .gabinetes y demás enseres que sean necesarios en la Facultad de Ciencias Naturales. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública