Article 1Adiciónase El Artículo 1° Del Decreto 400 Del 8 De Febrero De 2006, Que Fija La Escala De Viáticos Para El Personal De La Policía Nacional Destinado Para Prestar Sus Servicios Como Policía De Carreteras Adscrita Al Ministerio De Transporte, Que Deba Cumplir Comisión En El Territorio Nacional, Así: Grado Viáticos Diarios Para Comisiones En Ciudades, Capitales De Departamento Sede De Las Asesorías Regionales Del Ministerio De Transporte Viáticos Diarios Para Comisiones En Otras Ciudades O Poblaciones Brigadier General 133
°. Adiciónase el artículo 1° del Decreto 400 del 8 de febrero de 2006, que fija la escala de viáticos para el personal de la Policía Nacional destinado para prestar sus servicios como Policía de Carreteras adscrita al Ministerio de Transporte, que deba cumplir comisión en el Territorio Nacional, así: Grado Viáticos diarios para comisiones en ciudades, capitales de departamento sede de las asesorías regionales del Ministerio de Transporte Viáticos diarios para comisiones en otras ciudades o poblaciones Brigadier General 133.462 104.691
Article 2
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 400 de 2006.