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decreto 1499 de 1961

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en desarrollo de los Decretos 550 y 1732 de 1960.

Article 1Las Funciones Propias De La División De Personal Del Ministerio De Educación Nacional, Serán Desempeñadas, Por La Siguiente Planta: Clases Grado Divicion De Personal 1 Jefe De División Iv 12 1 Secretario Auxiliar Ii 6 Sección De

º Las funciones propias de la División de Personal del Ministerio de Educación Nacional, serán desempeñadas, por la siguiente planta: Clases Grado DIVICION DE PERSONAL 1 Jefe de División IV 12 1 Secretario Auxiliar II 6 Sección de. Reclutamiento y Adiestramiento. 1 Analista de Personal IV 11 1 Analista de Personal II 9 Sección de Clasificación y Remuneración 1 Analista de Personal IV 11 2 Analistas de Personal II 9 2 Revisores de Documentos I 6 2 Oficinistas 4 Sección de Registro y Control. 1 Analista de Personal IV 11 2 Revisores de Documentos I 6 7 Oficinistas II 4

Article 2La Planta De Personal Que Se Determina En Este Decreto Podrá Ser Reajustada De Acuerdo Con Los Estudios Posteriores Que Se Realicen Conjuntamente Con La Secretaría De Organización E Inspección De La Administración Pública Y El Departamento Administrativo Del Servicio Civil

º La planta de personal que se determina en este Decreto podrá ser reajustada de acuerdo con los estudios posteriores que se realicen conjuntamente con la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública y el Departamento Administrativo del Servicio Civil.

Article 3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del Primero De Enero Del Año En Curso Para Los Empleados Que Sean Incorporados A La Presente Planta Hasta Tanto Que El Departamento Administrativo Del Servicio Civil Suministre Candidatos Elegibles Seleccionados Por Concurso

º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero de enero del año en curso para los empleados que sean incorporados a la presente planta hasta tanto que el Departamento Administrativo del Servicio Civil suministre candidatos elegibles seleccionados por concurso.

Article 4El Presente Decreto Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º El presente Decreto deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil