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decreto 2034 de 1920

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Auméntase El Personal De Las Siguientes Secciones De La Policía Nacional Así: Novena División

° Auméntase el personal de las siguientes Secciones de la Policía Nacional así: Novena División. Sección 3º-Contratación: catorce Agentes de tercera clase. Guardia Civil de Gendarmería. Sección 8º-Honda: diez Gendarmes de segunda clase.

Article 2El Gasto Que Ocasione Él Cumplimiento De Este Artículo, Se Considerará Incluido En El Presupuesto De La Policía Nacional Para La Presente Vigencia

º El gasto que ocasione él cumplimiento de este artículo, se considerará incluido en el Presupuesto de la Policía Nacional para la presente vigencia.

Article 3Asciéndese A Comisario De Tercera Clase De La Sección 3º De La Guardia Civil De Gendarmería Acantonada En Bucaramanga, Al Gendarme De Primera Clase De La Misma Sección, Belisario Rodríguez Vanegas, En Reemplazo De Ambrosio Suárez Domínguez, Cuyo Nombramiento Se Declara Insubsistente Por Causa De Mala Conducta

º Asciéndese a Comisario de tercera clase de la Sección 3º de la Guardia Civil de Gendarmería acantonada en Bucaramanga, al Gendarme de primera clase de la misma Sección, Belisario Rodríguez Vanegas, en reemplazo de Ambrosio Suárez Domínguez, cuyo nombramiento se declara insubsistente por causa de mala conducta. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno