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decreto 1668 de 1994

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política Desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992

Article 1º Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Cuba, El Cargo De Auxiliar Administrativo, Grado 3 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Mil Dos Cientos Noventa Y Tres Con 17/100 (Us$1

º Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Cuba, el cargo de Auxiliar Administrativo, Grado 3 PA, con una asignación básica mensual de mil dos cientos noventa y tres con 17/100 (US$1.293.17), cargo actualmente mediante Decreto 492 de marzo 3 de 1994.

Article 2º

º . Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Cuba, el Cargo de Auxiliar Administrativo, Grado 3 PA, con a una asignación básica mensual de mil doscientos noventa y tres dólares con 17/100 (US$1.293.17), cargo actualmente vacante creado Decreto 492 de marzo 3 de 1994.

Article 3º Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Cuba, Cuatro (4) Cargos De Auxiliar Administrativo, Grado 1 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Seiscientos Sesenta Y Nueve Dólares Con 67/100 (Us$669

º Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Cuba, cuatro (4) cargos de Auxiliar Administrativo, Grado 1 PA, con una asignación básica mensual de seiscientos sesenta y nueve dólares con 67/100 (US$669.67), cada uno.

Article 4º Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Article 5º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 1º de agosto de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio. El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política Desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público