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decreto 1022 de 1964

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 14 del Decreto-ley 1732 de 1960, oído el concepto de la Comisión Nacional del Servicio Civil, y CONSIDERANDO: Que el cargo de Jefe de la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo del Servicio Civil siempre ha tenido el mismo grado y categoría que los Jefes de División, Decretos 2008 y 2979 de 1960

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Que el cargo de Jefe de la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo del Servicio Civil siempre ha tenido el mismo grado y categoría que los Jefes de División, Decretos 2008 y 2979 de 1960;

Que el Decreto-ley 3128 de 1963 reclasificó algunos cargos del Departamento Administrativo del Servicio Civil, entre éstos los Jefes de Divisiones con grado 22;

Que el Decreto 3128 de 1963, artículo 2°, suprimió la Oficina de Inspección del Departamento Administrativo del Servicio Civil, adscribiendo las funciones respectivas a la Oficina Jurídica, la que se llama actualmente Oficina Jurídica y de Inspección, sin aumentar el personal;

Que al adscribirse dichas funciones de Inspección a la Oficina Jurídica, el Jefe recibe duplicación de funciones;

Que los cargos de Asesor Jurídico II; Jefe de la Oficina Jurídica y de Inspección y Dibujante II, de la Oficina de Información y Divulgación, no fueron reclasificados por el Decreto 3128 de 1963;

Article 1Suprímese En El Departamento Administrativo Del Servicio Civil El Siguiente Cargo: División Administrativa Grupo De Mecanografía, Correspondencia Y Archivo : 1 Oficinista Iii-5

° Suprímese en el Departamento Administrativo del Servicio Civil el siguiente cargo: División Administrativa Grupo de Mecanografía, Correspondencia y Archivo : 1 Oficinista III-5.

Article 2Reclasifíquense Los Siguientes Empleos De La Planta De Personal Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil, Establecida Por El Decreto 3128 Te 1963, Así: Clase De Empleados Grado Ocupacional Oficina Jurídica Y De Inspección 18 1 Asesor Jurídico Ii, Por 22 1 Asesor Jurídico V, Por Oficina De Información Y Divulgación 1dibujante I, Por 5 1dibujante Ii - Bis , Por 8

° Reclasifíquense los siguientes empleos de la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil, establecida por el Decreto 3128 te 1963, así: Clase de empleados Grado ocupacional Oficina Jurídica y de Inspección 18 1 Asesor Jurídico II, por 22 1 Asesor Jurídico V, por Oficina de Información y Divulgación 1Dibujante I, por 5 1Dibujante II - bis , por 8

Article 3El Presente Decreto Rige A Partir Del 1o De Abril De 1964

° El presente Decreto rige a partir del 1o de abril de 1964.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado