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decreto 4348 de 2004

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política

Article 1Monto A Deducir Por Intereses Sobre Préstamos De Vivienda Y Contratos De Leasing Habitacional

°. Monto a deducir por intereses sobre préstamos de vivienda y contratos de leasing habitacional. Para efectos de la deducción sobre préstamos para adquisición de vivienda del trabajador a que se refiere el artículo 119 del Estatuto Tributario o del costo financiero en virtud de un contrato de leasing habitacional para vivienda del trabajador, el valor máximo a deducir por estos conceptos para el año gravable 2004 es la suma de veintitrés millones cuatrocientos sesenta y dos mil pesos ($23.462.000), sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos.

Article 2El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°) De Enero Del Año 2005, Previa Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero del año 2005, previa su publicación.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Hacienda y Crédito Público