en uso de sus facultades constitucionales y legales y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 129 de la Constitución Política, considerando: Que mediante Decreto número 331 del 8 de febrero de 1994, se autorizó a un servidor público para aceptar una invitación de organismo internacional
Article 1Modificar Las Fechas Contenidas En El Artículo 1
Articulo 1.° Modificar las fechas contenidas en el artículo 1.° del Decreto número 331 del 8 de febrero de 1994, en el sentido que la segunda parte del estudio se llevará a cabo a partir del día 11 y hasta el día 22 de abril Inclusive.
Article 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese,