JurídicoESEN

decreto 713 de 1921

3 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1921, La Suma De Cincuenta Y Dos Mil Pesos ($ 52,000), Tomada De Las Siguientes Imputaciones: Ministerio De Guerra Capitulo 43 Material Del Ejército

° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1921, la suma de cincuenta y dos mil pesos ($ 52,000), tomada de las siguientes imputaciones: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 43 Material del Ejército. Articulo 432. Para compra de material de guerra o marina de guerra $ 20,000 CAPITULO 46 Gastos varios. Artículo 449. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio. 2,000 22,000. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 68 Ferrocarriles. Artículo 763. Para atender al servicio del crédito Balnwin Locomotive Warks $ 30,000 30,000. Suman las deducciones $ 52,000

Article 2La Suma Que Se Traslada Llevará Las Imputaciones Que En Seguida Se Indican: Ministerio De Guerra Capitulo 43 Material Del Ejército

° La suma que se traslada llevará las imputaciones que en seguida se indican: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 43 Material del Ejército. Articulo 404. Para el gasto que ocasione el vestuario y equipo del Ejército, incluyendo el del personal contratado y Bandas de Músicos $ 2,000 Articulo 418. Para alimentación y sanidad de los ganados del Ejército 20,000 22,000 MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 71 Gastos varios. Articulo 858. Para el pago de fletes y transportes para el servicio oficial $ 30,000 30,000 Total $ 52,000

Article 3La Dirección General De La Contabilidad

Articulo 3° La Dirección General de la Contabilidad. Nacional la Oficina Central Ordenación, las de Reconocimientos de los Ministerios de Guerra y de Obras Publicas, y las pagadoras respectivas describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho del Tesoro