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decreto 146 de 1943

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1

El archivo no permanente de los servicios postales y de telecomunicaciones, que debe incinerarse después de dos años, según el Decreto número 83, de 18 de enero de 1936. podrá ser vendido a empresas fabricantes de papel y cartón o similares, de acuerdo con el procedimiento que señale al efecto el señor Contralor General de la República, conforme al articulo 2° de la Ley 37 de 1925.

Parágrafo

Los legajos de telegramas y demás papeles o documentacion que tengan el carpacter de reservados. se pasarán con la debida vigilancia a la fábrica para ser arrojados a los molinos o máquinas que han de convertirlos en pasta, o se entregarán al comprador despedazados o perforados en forma tal, que se haga imposible conocer su contenido. El Ministerio de Correos y Telégrafos y la Contraloria General de la República designarpan en uno y otro caso los funcionarios que deben presenciar la operacion y levantar el acta respectiva.

Article 2De La Ley 37 De 1925

Articulo único. El archivo no permanente de los servicios postales y de telecomunicaciones, que debe incinerarse después de dos años, según el Decreto número 83, de 18 de enero de 1936. podrá ser vendido a empresas fabricantes de papel y cartón o similares, de acuerdo con el procedimiento que señale al efecto el señor Contralor General de la República, conforme al articulo 2° de la Ley 37 de 1925. Paragráfo. Los legajos de telegramas y demás papeles o documentacion que tengan el carpacter de reservados. se pasarán con la debida vigilancia a la fábrica para ser arrojados a los molinos o máquinas que han de convertirlos en pasta, o se entregarán al comprador despedazados o perforados en forma tal, que se haga imposible conocer su contenido. El Ministerio de Correos y Telégrafos y la Contraloria General de la República designarpan en uno y otro caso los funcionarios que deben presenciar la operacion y levantar el acta respectiva. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos