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decreto 863 de 1918

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Ábrese Al Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De Le De Marzo De 1918 A 28 De Febrero De 1919, Un Crédito Extraordinaria Por La Suma De Diez Mil Pesos ($ 10,000), Con La Siguiente Imputación: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 68 Auxilios Y Gastos De Fomento Artículo 633-A

° Ábrese al Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de le de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919, un crédito extraordinaria por la suma de diez mil pesos ($ 10,000), con la siguiente imputación: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68 Auxilios y gastos de fomento Artículo 633-A. Para cubrir la subvención concedida a cada kilómetro de tranvía, construido entre Bogotá y Yomasa, de acuerdo con la Resolución ejecutiva de fecha 30 de diciembre de 1916 $10,000 Total $10,000

Article 2Por El Ministerio Del Tesoro Se Dará Cumplimiento Oportuno A Lo Dispuesto En Los Artículos 226 Y 231 Del Código Fiscal

° Por el Ministerio del Tesoro se dará cumplimiento oportuno a lo dispuesto en los artículos 226 y 231 del Código Fiscal.

Article 3Las Oficinas Ordenadoras Y Pagadoras Respectivas Describirán En Sus Libros Las Operaciones A, Que Da Lugar El Presente Decreto

° Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a, que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro