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decreto 2664 de 1953

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional

Article 1Destínase La Suma De Ochenta Mil Pesos ($ 80

° Destínase la suma de ochenta mil pesos ($ 80.000.00) para terminar la edificación y atender a la dotación del Hogar Infantil de Santa Teresita en Bucaramanga.

Article 2Autorízase Al Gobierno Para Tomar Las Medidas Fiscales Necesarias A Fin De Darle Cumplido Efecto A Este Decreto

° Autorízase al Gobierno para tomar las medidas fiscales necesarias a fin de darle cumplido efecto a este Decreto.

Article 3La Suma A Que Se Refiere El Artículo Primero Del Presente Decreto Será Entregada Al Síndico Del Hogar Infantil De Santa Teresita, Y Su Inversión Será Dirigida Y Controlada Por Una Junta Compuesta Por El Gobernador Y El Director Departamental De Higiene De Santander Y El Alcalde Mayor De Bucaramanga

° La suma a que se refiere el artículo primero del presente Decreto será entregada al Síndico del Hogar Infantil de Santa Teresita, y su inversión será dirigida y controlada por una Junta compuesta por el Gobernador y el Director Departamental de Higiene de Santander y el Alcalde Mayor de Bucaramanga.

Article 4Este Decreto Rige Desde Su Fecha

° Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganaderia, encargado del Ministerio de Guerra
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas