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decreto 2605 de 1951

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

en uso de sus facultades legales que le confiere el artículo 121 la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 noviembre 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio República

Whereas · 2 recitals

Que por Decreto número 3518 de 9 noviembre 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio República;

Que por Decreto número 2213 de 1951, del 23 de octubre del corriente año, se confirmó la creación del Municipio de Ospina, entidad está que debe ser provisto del servicio Justicia Municipal;

Article 1Créanse Un Juzgado Municipal En El Municipio De Ospina, Dentro Del Circuito Judicial De Fusagasugá, Del Distrito Judicial De Bogotá, Con El Personal Y Asignaciones De Los De Su Clase

°. Créanse un Juzgado Municipal en el Municipio de Ospina, dentro del Circuito Judicial de Fusagasugá, del distrito judicial de Bogotá, con el personal y asignaciones de los de su clase.

Article 2Este Decreto Regirá A Partir Del Primero De Enero De 1952

°. Este decreto regirá a partir del primero de enero de 1952. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Justicia, Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores
El Ministro Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro Agricultura y Ganadería
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas