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decreto 1014 de 1961

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Article 1Los Efectos De! Artículo 1º Del Decreto 426 De Febrero 11 De 1252, Serán Aplicables A Los Radio-Operadores Que Habitualmente Trabajen Con Audífonos, Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil Y De La Empresa Colombiana De Aeródromos

º Los efectos de! artículo 1º del Decreto 426 de febrero 11 de 1252, serán aplicables a los Radio-Operadores que habitualmente trabajen con audífonos, del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y de la Empresa Colombiana de Aeródromos.

Article 2Este Decreto Rige A Partir Del 19 De Enero De 1961

° Este Decreto rige a partir del 19 de enero de 1961. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil