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decreto 702 de 1908

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1En Desarrollo Del Decretos Números 472 De Este Año, Que Crea La Colonia Militar , Agrícola Y Penal Del Magdalena, Señálase El Siguiente Personal: Un Director, Con Ciento Cincuenta Pesos ($ 150); Un Subdirector, Con Ciento Veinte Pesos ($ 120); Un Secretario, Con Sesenta Y Dos Pesos ($ 62); Un Ayudante Del Director, Con Cien Pesos ($ 100); Un Médico, Con Cien Pesos ($ 100) Un Capellán, Con Cincuenta Pesos ($ 50); Un Habilitado, Con Setenta Pesos ($ 70); Un Vigilante Por Cada Cincuenta Colonos Sobre La Base De Trescientos, Á Cincuenta Pesos ($ 50) Cada Uno

°. En desarrollo del Decretos números 472 de este año, que crea la Colonia militar , agrícola y penal del Magdalena, señálase el siguiente personal: Un Director, con ciento cincuenta pesos ($ 150); un Subdirector, con ciento veinte pesos ($ 120); un Secretario, con sesenta y dos pesos ($ 62); un Ayudante del Director, con cien pesos ($ 100); un Médico, con cien pesos ($ 100) un Capellán, con cincuenta pesos ($ 50); un Habilitado, con setenta pesos ($ 70); un Vigilante por cada cincuenta colonos sobre la base de trescientos, á cincuenta pesos ($ 50) cada uno.

Parágrafo

Por alimentación, á cinco pesos por cada colono. Para útiles de escritorio, veinticinco pesos mensuales. Para alumbrado, cincuenta pesos mensuales.

Article 2Para El Desempeño De Los Empleos De Que Trata El Artículo Anterior Hácense Los Siguientes Nombramientos: Director, General Gabriel Bermúdez; Subdirector, Jorge Carrízosa; Secretario, Coronel Gregorio Victoria; Ayudante Del Director, Señor Rafael Madriñán; Médico, Doctor Manuel A

°. Para el desempeño de los empleos de que trata el artículo anterior hácense los siguientes nombramientos: Director, General Gabriel Bermúdez; Subdirector, Jorge Carrízosa; Secretario, Coronel Gregorio Victoria; Ayudante del Director, señor Rafael Madriñán; Médico, doctor Manuel A. Valencia; Capellán, el que nombre el señor Obispo de Santa Marta; Habilitado, señor Luis Arenas O., y Vigilantes, señores Vicente Pinto, Antonio Valderrama, Vicente Castro, Rubén Quiñones, Tomás Pérez, José Ignacio Neira y Miguel Angulo. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Guerra