JurídicoESEN

decreto 2392 de 2003

3 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Suprímense Los Siguientes Cargos De La Planta De Personal Del Instituto Nacional De Vivienda De Interés Social Y Reforma Urbana, Inurbe, En Liquidación: N° De Cargo Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Despacho Del Director General 2 Dos Asesor 1020 13 Planta Global 1 Uno Secretario General De Entidad Descentralizada 0037 20 1 Uno Subgerente General De Entidad Descentralizada 0040 20 4 Cuatro Jefe De División 2040 23 22 Veintidós Jefe De División 2040 18 20 Veinte Director Regional 2035 23 17 Diecisiete Profesional Especializado 3010 18 35 Treinta Y Cinco Profesional Especializado 3010 16 4 Cuatro Profesional Universitario 3020 12 33 Treinta Y Tres Profesional Universitario 3020 08 18 Dieciocho Técnico Administrativo 4065 11 9 Nueve Secretario Ejecutivo 5040 16 2 Dos Secretario 5140 13 8 Ocho Auxiliar Administrativo 5120 11 21 Veintiuno Conductor Mecánico 5310 11

º. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación: N° de cargo Dependencia y denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 2 Dos Asesor 1020 13 PLANTA GLOBAL 1 Uno Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 20 1 Uno Subgerente General de Entidad Descentralizada 0040 20 4 Cuatro Jefe de División 2040 23 22 Veintidós Jefe de División 2040 18 20 Veinte Director Regional 2035 23 17 Diecisiete Profesional Especializado 3010 18 35 Treinta y cinco Profesional Especializado 3010 16 4 Cuatro Profesional Universitario 3020 12 33 Treinta y tres Profesional Universitario 3020 08 18 Dieciocho Técnico Administrativo 4065 11 9 Nueve Secretario Ejecutivo 5040 16 2 Dos Secretario 5140 13 8 Ocho Auxiliar Administrativo 5120 11 21 Veintiuno Conductor Mecánico 5310 11

Article 2º

º. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1º del presente decreto tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a un empleo equivalente, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 de 1998 y demás normas sobre la materia.

Article 3º

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1832 de 1997.