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decreto 0758 de 1951

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Quedan suprimidas todas las exenciones de fletes y pasajes en los Ferrocarriles Nacionales, salvo en lo relativo a la movilización de la fuerza pública.

Article 2

El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales podrá dar en arrendamiento los hoteles que actualmente administra.

El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y quedan suspendidas las disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas