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decreto 563 de 2026

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1992.

Article 1Modificación

Modificación. Modificar el artículo 5° del Decreto número 1069 del 25 de junio de 2018, el cual quedará así:

“Artículo 5º. Los vehículos automotores para el esquema de protección y seguridad serán asignados por parte del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia.

El personal de protección será asignado por la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección.

Los elementos para el servicio de seguridad y protección requeridos, tales como medios de comunicaciones, armamento y demás que se consideren indispensables serán suministrados por la entidad a la que se encuentren vinculados el personal de protección”.

Article 2Vigencia

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5° del Decreto número 1069 del 25 de junio de 2018.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1992
El Ministro del Interior
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional