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ResolutionNo. 992Vigente

Resolución 992 de 2019

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Por medio de la cual se modifica la Resolución 885 de 2019

Ministerio de Salud y Protección SocialOfficial source ↗

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMERÓ':' ( OnO99 2 DE 2019 26 ABR 2019 ) Por medio de la cual se modifica la Resolución 885 del 9 de abril de 2019. EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el Decreto 4107 de 2011 y el articulo 4 del Decreto 1432 de 2016, Ley 1753 de2015y,

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución 885 del 9 de abril de 2019, se asignaron recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social del rubro A-03-03-04-054 Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tráfico (Servicios Integrantes de Salud) recursos 16 Fondos Especiales, para la financiación de Otros Programas en Salud por valor de SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS ($61.988.276.390,00) MICTE, de los cuales se asignó para el Programa Atención de Urgencias a los Nacionales y Extranjeros - Zonas Fronterizas articulo 57 Ley 1815 de 2016, la suma de CUARENTA MIL MILLONES DE PESOS ($40.000.000.000,00) M/CTE.

Que la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres, informa que para cubrir las necesidades de las atenciones en los servicios de salud prestados a la población por las atenciones iniciales de urgencia a los nacionales colombianos en el territorio extranjero de zonas de frontera con Colombia, al igual que las atenciones iniciales de urgencia prestadas en el territorio colombiano a los nacionales de los países fronterizos reportada por las entidades territoriales, se requiere adicionar recursos del programa atención de urgencias prestadas en el territorio colombiano a los nacionales de paises fronterizos.

Que el aseguramiento en salud que se reconoce con carg.o a la UPC de la vigencia actual, se encuentra garantizado con los recursos de la sección 190101 de la Ley 1940 de 2018 y por el Decreto 2467 de 2018 y dentro de las políticas del gobierno actual se plantean medidas adicionales para amparar el pago de servicios y tecnologías no financiadas con la UPC Que para cubrir las necesidades de la población anteriormente señalada, se requiere adicionar los recursos asignados al Programa Atención de urgencias a los Nacionales y Extranjeros - Zonas Fronterizas artIculo 57 Ley 1815 de 2016, en la suma de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS ($20.000.000.000,00) MICTE.

Que por lo anterior, se hace necesario modificar el artIculo 1 de la Resolución 885 del 9 de abril de 2019. Que en mérito de lo expuesto, 26 ABR 2019 ',. RESOLUCiÓN NÚMERO!,- üGC9920E 2019 HOJA No 2 de 2 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica la Resolución 885 del9 de abril de 2019"

RESUELVE

Artículo 1. Objeto. Adicionar la asignación de los recursos destinados a financiar el Programa de Atención de Urgencias a los Nacionales y Extranjeros - Zonas Fronterizas articulo 57 Ley 1815 de 2016, en la suma de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS ($20,000.000.000,00) M/CTE, por lo cual el articulo 1 de la Resolución 885 del9 de abril de 2019, quedará así: Artículo 1.

Objeto. Asignar recursos del rubro A-03-03-04-054 Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Enfennedades Catastróficas y Accidentes 'de Tráfico (Servicios Integrantes de Salud) recurso 16 Fondos Especiales, para el financiamiento, durante la vigencia 2019, de los siguientes Programas y/o Proyectos, así: OTROS PROGRAMAS EN SALUD DIRECCIONES VALOR ASIGNADO TECNICAS - RUBRO A-03-o3-o4-oS4 Recursos 16 Fondos Especiales Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres - Red Nacional de Urgencias Oficina de Promoción Social - Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas del Conflicto Armado - Pesos $ 3.988.276.390,00 $ 18.000.000.000,00 Atención de Urgencias a los Nacionales y Extranjeros-Zonas fronterizas artículo 57 Ley 1815 de 2016. $ 60.000.000.000,00 TOTAL A DISTRIBUIR $ 81.988.276.390,00 PAPSIVI Artículo 2.

La presente resolución rige a partir de su comunicación. COMUNíQUESE Y CÚMPLA$E Dada en Bogotá, D. C, a los 26 ABR 2019 r - { V /~' ~ JUAN P~O URIBE RESTREPO Ministro ~ e alud y Protección Social Elaboro: Ligia Martínez M. ~.fJ'.= Revisó: Otoníel Cabrera R. Ct:os ~ Aprobó: Anwar Rodríguez C. o Manuel José cane~ •