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🏛️ Ministry of Finance · Fiscal opinion

Otros temas territoriales.

The official text of this opinion is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Colocación de Excedentes de Liquidez.

April 9, 2024Ref. 2-2024-018119
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Requested byAna Milena Arcos Uribe
Addressed toGobernación de Casanare

Text of the opinion

________________________________________________________________________ Página | 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C. Colombia Conmutador (57) 601 3811700 Fuera de Bogotá 01-8000-910071 relacionciudadano@minhacienda.gov.co www.minhacienda.gov.co 6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Doctora ANA MILENA ARCOS URIBE Directora Técnica de Tesorería Gobernación de Casanare E-mail: libardo.perilla@casanare.gov.co Radicado entrada 1-2024-022728 No. Expediente 4286/2024/GEA Asunto: Oficio Radicado con el No. 1-2024-022728 del 13 de marzo de 2024. Tema: Otros Temas Territoriales. Subtema: Colocación de Excedentes de Liquidez. Respetada Doctora Ana Milena: En atención al oficio del asunto, consulta usted lo siguiente: 1. “¿La Inversión en títulos de Deuda Pública Interna de la Nación como primera opción es obligatoria? 2. ¿Cuál sería el procedimiento y las condiciones que debería observar una entidad territorial para realizar este tipo de inversiones? 3. ¿Pueden las Entidades Territoriales observando las condiciones de seguridad y calificación de riesgo de los Bancos constituir regularmente Certificados de Depósito a Término? ¿O definitivamente este tipo de inversiones se prohibió?” Al respecto, es necesario precisar que de acuerdo con el numeral 9 del artículo 43 y numeral 8 del artículo 45 del Decreto 4712 de 2008, entre algunas de las funciones que tiene asignadas esta Dirección, se encuentra la de emitir conceptos jurídicos sobre la aplicación de normas y temas relacionados con la administración financiera y tributaria territorial; así mismo, de conformidad con el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la respuesta ofrecida es general y no tiene carácter de obligatoria ni vinculante. Radicado: 2-2024-018119 Bogotá D.C., 10 de abril de 2024 11:53 YZzQ tlXF YBgL 0g9N b4xW +7wK nTw= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 2 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C. Colombia Conmutador (57) 601 3811700 Fuera de Bogotá 01-8000-910071 relacionciudadano@minhacienda.gov.co www.minhacienda.gov.co En consecuencia, se remite copia de los Oficios No. 026317, 029346 y 068232 del 09 de julio de 2015, 12 de agosto de 2016 y 23 de diciembre de 2020, emitidos por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Cordialmente, CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Ministerio de Hacienda y Crédito Público Anexo: Oficios No. 026317, 029346 y 068232 en diez folios. REVISÓ: Claudia Helena Otalora Cristancho ELABORÓ: Hernán Rico Barbosa Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Firmado digitalmente por: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO YZzQ tlXF YBgL 0g9N b4xW +7wK nTw= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co