Skip to the text
Back to overview

Full text

The official text of this statute is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Ley 58 De 1913

Artículo 1

1 clause

Artículo único. Cédese al Departamento del Valle del Cauca el edificio para oficinas públicas que la Nación posee en la esquina sudeste de la plaza principal de la ciudad de Cártago. La Nación se reserva el derecho de ocupar la parte de dicho edificio que fuere necesaria para la instalación de las oficinas nacionales que funcionan en dicha ciudad, sin que por ello tenga que pagar arrendamiento o canon alguno al Departamento cesionario.

Signatures

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda