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Concepto 18849 de 1988 DIAN

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(Tributario) Vigencia artículo 14 del Decreto 460 de 1986

No. 188491988Tributario
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CONCEPTO 018849

(Septiembre 21 de 1988)

Tema: Vigencia artículo 14 Decreto 460 de 1986

Solicita concepto sobre la vigencia de la obligación que tienen los Notarios de informar sobre enajenación de bienes inmuebles y la constitución de gravámenes hipotecarios que establece la norma referenciada.

Al respecto le informo que el artículo 14 del Decreto 460 de 1986, debe entenderse derogado tácitamente por el artículo 18 del Decreto 2503 de 1987, en lo relativo a la enajenación de bienes inmuebles, mas no en lo referente al traspaso de vehículos automotores.

Lo anterior en razón a que el legislador extraordinario reguló en forma integral todo lo relativo a la información que se considera necesario exigir a los notarios.

MARÍA DEL PILAR ABELLA MANCERA,

(Fdo. Jefe División Doctrina Tributaria,

Subdirección Jurídica.